DUI
INJURY
Las personas y entidades tienen la obligación de actuar de manera razonable y evitar ocasionar daños a víctimas de lesiones previsibles. Es negligencia actuar de manera irracional y causar daños a otro. También es negligencia violar una regla, norma o ley de seguridad que resulte en daños a otro.
La conducta intencional o imprudente que daña a otros es otro tipo de conducta ilícita procesable. Ejemplos de agravios intencionales incluyen ataque, agresión, detención ilegal, o imposición intencionada de angustia emocional.
Nos enseñan en la escuela de leyes: ¨un caso vale lo que un jurado pague¨. Esta declaración parece real. Los abogados y ajustadores de seguros arreglan demandas basándose en cuánto podría conceder un jurado. Aquí están algunos factores en que se fijarán las aseguradoras al evaluar su demanda:
La ley permite que una víctima de lesiones reciba una indemnización monetaria por:
En Delaware, usualmente el abogado financiará el caso del cliente y pagará los gastos de litigio por adelantado. Sin embargo, al abogado se le reembolsarán los gastos del tribunal y las tarifas de litigio del acuerdo o laudo al final del caso.
Consejo – sea consciente de que algunos abogados podrían señalar responsables a los clientes por los gastos de litigio si no se logra la indemnización.
Cada caso es diferente. Depende de si se presenta una demanda y de otros factores. Algunos casos se arreglan con rapidez incurriendo en pocos o en ningún gasto. En cambio, litigar un caso puede ser costoso. Las tarifas comunes que podrían salir de un laudo concedido o compensación son:
Consejo – un buen abogado vigilará los gastos y tratará el caso como una declaración de ganancias/pérdidas para el cliente. El deber del abogado es maximizar la indemnización para el cliente.
En un caso de lesiones personales en Delaware, la ley de prescripción es de dos (2) años a partir del momento en que se alega que se sufrió la lesión, o cuando el demandante se da cuenta de que sufrió una lesión complicada. Esencialmente, una demanda debe presentarse dentro de los dos años a partir de la fecha del accidente.
En los casos de homicidio culposo la ley de prescripción es de dos (2) años a partir del momento en que ocurre la muerte o cuando el demandante sabe o debió haber sabido que la muerte fue ocasionada por una conducta ilícita o dolosa por parte del acusado.